Se vota el martes 30 de octubre en el Senado.
29 de octubre de 2012– La discusión de la ley de tabaco está como primer punto de la tabla del Senado para el martes 30 de octubre, en una sesión plenaria que comienza a las 16:00 hrs. Se espera que se alcancen a votar todos los artículos durante esta sesión; si no, la sesión debería continuar al día siguiente (miércoles 31 de octubre a las 16:00 horas).
“Con este voto, los Senadores podrán limpiar el aire de Chile, del tóxico humo de tabaco y convencer al país que saben distinguir entre el bien público de todos y los intereses comerciales de algunos”, dice Sonia Covarrubias, de CHILE LIBRE DE TABACO.
Las reformas buscan la ampliación de ambientes 100% libres de humo de tabaco a todo espacio cerrado de acceso público, incluyendo los bares, restaurantes, pubs, discos y oficinas donde hoy se permite fumar.
AMBIENTES 100% LIBRES DE HUMO DE TABACO (Art. 10 y 11): |
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LEY ACTUAL | APROBADO EN CÁMARA DE DIPUTADOS | PROPUESTA FRENTE AL SENADO | ||
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Definición de “espacio cerrado o interior” (Art. 2.d) |
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Sin definición |
Techado y con paredes en todos sus costados
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Techado y cerrado entre una o más paredes (incorpora definición del CMCT)
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OTROS CAMBIOS PROPUESTOS:
PUBLICIDAD (Art. 3): De acuerdo con la propuesta frente al Senado, se prohibirá:
- Publicidad al exterior e interior de los puntos de venta
- Placement (publicidad encubierta) financiado por la industria tabacalera.
- Personas fumando en transmisiones en vivo de TV/radio en el horario para menores,
- Además, de acuerdo con las recomendaciones del Artículo 5,3 del Convenio Marco para el Control del Tabaco (CMCT, ratificado por Chile en 2005), se pide que las compañías tabacaleras “deberán informar anualmente al Ministerio de Salud el detalle de sus gastos destinados a promoción y cabildeo, los destinatarios de sus recursos y sus contratos, y los convenios y alianzas estratégicas con agrupaciones o empresas de otros giros comerciales, incluyendo sus actividades desarrolladas bajo el rótulo de responsabilidad social empresarial”.
ADVERTENCIAS SANITARIAS (Art. 6): La advertencia única anual incrementaría en número (de dos a seis) que rotarían entre 12 y 24 meses. Además, tendrán que ser visibles siempre, especialmente en los puntos de venta.
EDUCACIÓN (Art. 7): La propuesta pide un plan nacional educativo, actualizado cada cinco años.
ADITIVOS (Art. 9): La recomendación del Ministerio de Salud de eliminar saborizantes que inciden en el inicio del tabaquismo fue rechazada por la Comisión de Agricultura, debido a la fuerte oposición de agricultores y de la industria tabacalera.
FISCALIZACIÓN Y SANCIONES (Art. 15 y 16): Se busca mejorar la escasa fiscalización actual dando atribuciones a la Autoridad Sanitaria (SEREMI) para inspeccionar y sancionar infracciones.
SE MANTIENEN LAS ACTUALES PROHIBICIONES A: términos engañosos; venta a menores de 18 años; venta de cigarrillos sueltos y paquetes con menos de 11 unidades; venta a 100 metros de escuelas y colegios.
PRÓXIMOS PASOS:
El resultado de esta votación es clave para el futuro de la ley. Si las recomendaciones sobre ambientes 100% libres de humo se pierden en esta votación, será difícil rescatarlas. Si se aprueban, el proyecto vuelve a la Cámara de Diputados, donde se discutirán las propuestas distintas a la versión ya aprobada.
Vale la pena recordar que la votación en la Cámara de Diputados el pasado 20 de enero, concluyó en un polémico desenlace, donde una decena de diputados aseguraron haber votado equivocadamente en contra de ambientes libres de humo de tabaco.
Cualquier discrepancia posterior podrá ser negociada en una Comisión Mixta de integrantes de las comisiones de salud de las dos Cámaras.