Por tercera vez, los artículos pendientes de la ley de tabaco están en tabla en el Senado, como punto NUMERO UNO de la sesión que comienza a las 1600 horas.
18 de diciembre de 2012 —El punto central del debate de hoy debería ser la prohibición de humo de tabaco en las canchas y gradas de los estadios deportivos, avalado por una recomendación de la Comisión de Salud.
También deberían tratar precisiones a la regulación de publicidad encubierta. Una vez votados estos puntos, el proyecto de ley estará en condiciones de ser despachada a la Cámara de Diputados, para su revisión y revisión posterior en Comisión Mixta.
Estos son los dos temas que quedaron en el tintero cuando el Senado aprobó, el pasado 31 de octubre, la propuesta legislativa de eliminar el humo de tabaco de todo espacio cerrado de acceso público, incluyendo bares, restaurantes, casinos de juegos, discos y similares.
Ver el debate en vivo, por cable y en línea, en TV Senado.
ESTADIOS LIBRES DE HUMO
La nueva redacción propuesta por la Comisión de Salud prohibirá fumar en las canchas y las galerías de los estadios deportivos, y dejará algunos lugares habilitados para fumar. Aunque no esté explicitado en el texto, se supone que estos lugares estarán ubicados al aire libre.
El texto exacto es: Artículo 10, Número 4: “Se prohíbe fumar en…. las galerías, tribunas y otras aposentadurías destinadas al público en los recintos deportivos, gimnasios o estadios. Esta prohibición se extiende a la cancha y a toda el área comprendida en el perímetro conformado por dichas galerías, tribunas y aposentadurías, salvo en los lugares especialmente habilitados para fumar que podrán tener los mencionados recintos”.
PUBLICIDAD ENCUBIERTA Y EN LINEA
Antes de acceder a votar la propuesta entregada por la Comisión de Salud del Senado, algunos senadores exigieron un informe a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento del Senado sobre la legalidad de las medidas.
En base a las recomendaciones de dos informes de expertos (emitidos por los abogados de Derecho Constitucional, Patricio Zapata y Ángela Vivanco), los integrantes de la Comisión — senadores Soledad Alvear, Carlos Larraín, Hernán Larraín, Baldo Prokurica y Patricio Walker — expresaron su conformidad con la legalidad de prohibir:
— “publicidad indirecta realizada por medio de emplazamiento, donde se muestra en medios de comunicación masiva el consumo de productos o marcas de productos hechos de tabaco.
– “(publicidad) …. que se promueva el consumo de productos de tabaco o se señalen características favorables acerca de éstos.. en programas transmitidos en vivo, por televisión o radio, en el horario permitido para menores”: y
— “(publicidad) en las señales internacionales de los medios de comunicación chilenos o de páginas de internet cuyos dominios correspondan a la terminación “punto cl”.
PUNTOS DE VENTA
En su actual forma, la propuesta eliminaría la publicidad en los puntos de venta. Actualmente existen unos30.000 puntos de venta de cajetillas de cigarrillos en el país, donde la única restricción vigente es la obligación de acompañarlo con la advertencia ministerial sobre los riesgos del consumo de tabaco a la salud.
GASTOS EN PUBLICIDAD
Además, el informe citó los compromisos adquiridos por Chile bajo el Convenio Marco de la Organización Mundial de la Salud para el Control del Tabaco (CMCT) para fundamentar la legalidad de la propuesta siguiente:
— “Las compañías tabacaleras deberán informar anualmente al Ministerio de Salud el detalle de donaciones efectuadas, así como de los gastos en que incurran en virtud de convenios con instituciones públicas, organizaciones deportivas, comunitarias, entidades académicas, culturales y organizaciones no gubernamentales.”
Según el informe de la Comisión de Constitución: “Al analizar estos antecedentes y ponderar las razones contenidas en los informes en derecho mencionados precedentemente, los miembros de la Comisión observaron que ambos profesores están contestes en que las normas constitucionales vigentes no son vulneradas si el legislador adopta, respecto de la industria del tabaco, el tipo de prohibiciones que contemplan los primeros cuatro incisos del artículo 3°.
FISCALIZACIÓN: EL TALÓN DE AQUILES
Una vez aprobadas o rechazadas las propuestas detalladas anteriormente, el proyecto de ley estará listo para ser despachado del Senado a la Cámara de Diputados, para su tercer trámite constitucional. En esta etapa, los diputados tendrán que aprobar o modificar los cambios introducidos por el Senado al texto ya aprobado por la Cámara en una primera etapa (basado en la votación de 18 de enero de 2012).
Mientras que los defensores del aire limpio esperamos que la Cámara respetará las decisiones del Senado de eliminar el humo de tabaco de los espacios cerrados de acceso público, otras decisiones del Senado merecen una nueva revisión por parte de la Cámara.
En particular, la propuesta gubernamental de mejorar los mecanismos de fiscalización dando mayores atributos a la Autoridad Sanitaria no fue acogida por el Senado. Por lo tanto, se espera que será introducida nuevamente a la Cámara de Diputados por el Ministerio de Salud.